Con el decreto 1168 que fue expedido el día 25 de agosto de 2020, y que entrará en vigencia a partir del 1 de septiembre próximo, se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del covid-19 y el mantenimiento del orden público, y se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable.
“Desde la Asociación celebramos la expedición del decreto 1168 y las medidas que dicta para la reactivación del tejido empresarial y productivo del país, sentimos que es una luz de esperanza para millones de colombianos y por supuesto en el sector turismo vemos con optimismo la reactivación de la economía. Invitamos a que todos, unidos, trabajemos de forma responsable, aplicando las medidas preventivas y los protocolos de bioseguridad que nos permitan seguir adelante con seguridad y confianza”, afirmó Gustavo Toro Velásquez presidente ejecutivo nacional de Cotelco.
GUSTAVO TORO, presidente ejecutivo del gremio hotelero y turístico. /Foto Colprensa.El decreto 1168 autoriza la apertura de la mayoría de las actividades productivas, salvo algunas no permitidas, indicadas en el artículo 5, como:
- Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.
- Los bares, discotecas y lugares de baile.
- El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.
Los alcaldes de los municipios y distritos podrán solicitar al Ministerio del Interior autorización para la implementación de planes piloto en establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro del establecimiento y para la realización de ferias empresariales, siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad y las normas sobre aglomeraciones emitidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, para el desarrollo de estas actividades. La autorización que imparta el Ministerio del Interior requerirá del previo concepto favorable del Ministerio de Salud y Protección Social.
LAS PLAYAS DE SANTA MARTA están listas para acoger a los visitantes. /Foto de Edgar Tatis Guerra desde el Hotel Marriott Playa Dormida.El decreto indica además que en los municipios 0, bajo y moderado Covid se puede adelantar prácticamente cualquier tipo de actividad, por supuesto cumpliendo los protocolos de bioseguridad: ¨En los municipios sin afectación, de baja afectación y moderada afectación del Covid -19 no se podrán realizar aislamientos selectivos de actividades, áreas, o zonas ¨y que cualquier decisión distinta que quiera implementar un alcalde de algún municipio bajo esa condición¨ deben ser previamente justificadas y comunicadas al Ministerio del Interior, y deberán ser autorizadas por esta entidad.¨ En opinión del presidente de Cotelco, “se necesitaba que hubiera unidad de mando en el manejo de la pandemia, no era posible que cada mandatario expidiera medidas, algunas de las cuales ni siquiera contribuían a superar la crisis de salud”.
Es de anotar que la misma disposición establece que cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la pandemia por el Covid-19, el Ministerio del Interior previo informe del Minsalud, podrá ordenar el cierre de las actividades o casos respectivos a la entidad territorial.
EL DESARROLLO TURÍSTICO de Santa Marta se ha extendido hacia Bello Horizonte y más allá del aeropuerto Simón Bolívar. /Foto de Edgar Tatis Guerra.“Desde la Asociación Hotelera y Turística de Colombia (Cotelco) instamos a todos los alcaldes y gobernadores a que se acojan plenamente y sin dilataciones a lo dispuesto por el decreto 1168 desde el primero de septiembre de 2020, con el fin de reactivar el empleo que miles de colombianos requieren”, acotó el líder gremial.
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