Por medio de la Circular 011, la Alcaldía Distrital de Santa Marta, a través de la Secretaría de Desarrollo Económico y Competitividad, estableció que se mantendrán los controles de inspección y vigilancia del cumplimiento de los protocolos de bioseguridad en los establecimientos comerciales y hoteleros.
Sin embargo, ya no necesitarán las resoluciones que se expedían desde la cartera antes mencionada para la reapertura económica de cada negocio o empresa. Así mismo, esto hace parte de las disposiciones nacionales y criterios epidemiológicos, pero es importante resaltar que es obligación que todas las actividades de comercio estén sujetas al cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, como el uso del tapabocas, distanciamiento, lavado de manos, entre otros.
LOS HOTELES HAN adoptado un sello de bioseguridad contra el Covid-19 para proteger a los huéspedes y empleados.
Así mismo, esto hace parte de las disposiciones nacionales y criterios epidemiológicos, pero es importante resaltar que es obligación que todas las actividades de comercio estén sujetas al cumplimiento de los protocolos de bioseguridad, como el uso del tapabocas, distanciamiento social, lavado de manos, entre otros.
Cabe mencionar, que la administración distrital sigue adelantando y fortaleciendo las acciones, actividades y estrategias de vigilancia, seguimiento, reacción y control que de manera conjunta realiza con la fuerza pública y entidades descentralizadas.
A LOS TURISTAS SE les recuerda el cumplimiento de los protocolos: mantener el distanciamiento social y no aglomerarse.
REACTIVACIÓN GRADUAL
La Alcaldía Distrital de Santa Marta viene dando cumplimiento con las responsabilidades asignadas en el Plan Nacional de Vacunación, fortaleciendo los espacios de concertación, seguimiento, búsqueda y propuestas de las diferentes alternativas de reactivación económica gradual y segura con la participación activa de los gremios, comerciantes, sectores productivos y demás renglones de la economía.
Las disposiciones emitidas por la Alcaldía Distrital son de obligatorio y estricto cumplimiento para todos los ciudadanos, turistas, residentes, establecimientos de comercio y organizaciones, ya sean públicas o privadas, por lo que el incumplimiento de los protocolos de bioseguridad y medidas sanitarias de personas naturales y jurídicas dará lugar a las sanciones previstas en los artículos 368 y 369 del Código Penal, las previstas en la Ley 1801 de 2016 y el Decreto Nacional 780 de 2016.
AL INGRESAR A LA PLAYA a los turistas se les hace desinfección en sus manos porque el virus no se ha ido.
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